La decisión está tomada. En los próximos meses, el Gobierno nacional solicitará de manera escalonada a las empresas emitir recibo de sueldo digital.
Para ello, el Gobierno convertirá en obligatorio un procedimiento que hasta el momento es opcional. En efecto, se encuentra en plena vigencia el marco normativo que reglamenta el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de pago de salarios al personal en relación de dependencia, a través de formas electrónicas o digitales, en reemplazo de soporte en papel.
De esta manera, será más fácil detectar casos de evasión en cargas sociales, trabajo en negro y controlar el pago de las asignaciones familiares dado que facilitará el cruce de datos entre ANSES, AFIP y el Ministerio de Trabajo.
La reglamentación vigente establece requisitos que aseguran la validez probatoria de dichos documentos emitidos de manera digital, la veracidad de sus enunciaciones y la intangibilidad de la remuneración de manera de respetar los derechos de los trabajadores.
Como primer paso, la resolución emitida por el Ministerio de Trabajo establece que el empleador que tenga que implementar la emisión de recibos de sueldos digitales, deberá efectuar una presentación que contenga los siguientes requisitos mínimos:
• Universo de trabajadores alcanzado por la medida.
• Protocolos y estándares tecnológicos utilizados para garantizar la seguridad, autenticidad,
autoría, integridad e inalterabilidad de los recibos emitidos bajo estas modalidades.
• Cumplimiento de la forma y contenido necesario que debe poseer cada uno de los recibos.
• Declaración jurada del representante legal del empleador en cuanto a que la empresa
reconocerá la autenticidad de los recibos emitidos en los términos de este régimen.
• Mecanismo de sustitución del soporte papel.
• Procesos operativos de flujo electrónico que permitan considerar la trazabilidad de los casos
sujetos a dicho régimen.
• Modo de asegurar el pleno acceso de los trabajadores a sus recibos emitidos, conforme la
reglamentación, fuera del establecimiento y de forma personal y privada.
• Acciones de contingencia para la guarda y recuperación de los recibos, sin afectación alguna a su contenido.
Asimismo, la empresa deberá garantizar la recepción del documento por parte del trabajador mediante su acceso a Intranet de la organización por canal seguro, por usuario y clave, con plazo adecuado de visualización.
También, la compañía deberá arbitrar los medios para posibilitar su eventual impresión de manera gratuita.
Como requerimiento extra, los ejemplares de recibos digitales deberán contener la siguiente mención: "La empresa reconoce la autenticidad, autoría e integridad del presente documento".
Esto da un puntapié para que el resto de los organismos estatales permitan optimizar recursos empresarios, cuando de cuestiones pura y exclusivamente formales se trate.